Antecedentes
Con base en los lineamientos que el Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES) estableció para el funcionamiento de toda la organización acreditadora, el Consejo de Acreditación de Programas Educativos en Física (CAPEF) manifiesta su propósito y vocación de operar con equidad e imparcialidad, congruencia y confiabilidad, control y aseguramiento de la calidad, responsabilidad, seriedad e integridad académica.
Para la realización de sus actividades el CAPEF establece el presente Código de Ética como precepto de observancia obligatoria y aplicación permanente para garantizar un funcionamiento armónico con la transparencia y la rendición de cuentas.
En el ánimo de incorporarse al sistema nacional de organismos acreditadores hace suyo el Código de Ética del SEAES y el CAPEF comparte los valores que se demandan a sus miembros en un propósito de homologar los principios rectores de las organizaciones acreditadores.
Propósito
El presente Código de Ética orientará la conducta de todos los miembros del CAPEF en sus relaciones con las instituciones de educación superior y sus comunidades en el ejercicio de sus funciones de evaluación y acreditación.
El presente Código de Ética tiene el propósito de sensibilizar a cada uno de sus miembros para que el ejercicio de sus funciones de evaluación de programas académicos con fines de acreditación sea realizado siempre con apego a la integridad y honestidad académica, a la legitimidad y a la ética, así como la garantía de que su trabajo siempre será responsable, serio, objetivo, respetuoso e imparcial, a fin de orientarlo al beneficio de la educación superior en cuanto a la mejoría de sus programas, de la calidad de la enseñanza y de la formación de los egresados.
Disposiciones generales
El Código de Ética deberá servir de guía moral en el ejercicio de las funciones que corresponden al CAPEF. Es imprescindible que prevalezca el sentido ético en todas las actividades que desarrollen la organización y sus miembros con respeto a los más altos valores morales y sociales.
El CAPEF deberá tener un ascendiente ético en sus integrantes, a fin de propiciar que desempeñen sus funciones con respeto a preceptos morales elevados y con plena observancia de las normas aplicables, tanto las legales de los ámbitos local y nacional, como las establecidas por el SEAES y el CAPEF para las actividades inherentes a la acreditación de programas educativos.
El presente Código de Ética tendrá observancia general para cada uno de los miembros de los asociados del CAPEF, para su Consejo Directivo, sus Comisiones, los Comités y los Evaluadores. Todos ellos asumen el compromiso de cumplirlo a partir de que el CAPEF obtenga el reconocimiento formal por parte del SEAES y su Comité de Vigilancia habrá de realizar la observancia necesaria para que en el caso de una falta a este Código aplicará las sanciones disciplinarias conducentes, conforme se señala al final de este Código.
Principios éticos del CAPEF.
Conducirse con justicia, honradez, diligencia, lealtad, respeto, integridad y honestidad académica, formalidad, discreción, honorabilidad, responsabilidad, sinceridad, probidad, dignidad y en estricta observancia de las normas legales y éticas establecidas por el SEAES.
El Consejo y cada uno de sus miembros se mantendrán actualizados en los avances académicos, científicos y tecnológicos relacionados con la física y su enseñanza.
Se mantendrá estricta confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en relación con la evaluación y acreditación, salvo los informes que le sean requeridos por el SEAES. Para sus evaluadores se demanda la misma obligación de guardar secreto profesional.
Respetará en todo momento los derechos que tienen las personas y comunidades de las instituciones de educación superior a las que pertenecen los programas educativos que se evalúan con fines de acreditación.
Mantendrá una relación de respeto y colaboración con sus colegas, asesores, subordinados y los miembros de la comunidad de los programas que evalúan, por tanto, evitará lesionar el nombre y el prestigio de ellos en cualquier ámbito.
La discordancia o discrepancia que tenga en relación con otras opiniones de colegas o de miembros de la comunidad académica del programa educativo atendido, haya sido o no acreditado, deben concentrarse en el asunto, nunca en las personas.
Principios éticos de los miembros del CAPEF.
Cada uno de sus miembros deberá:
- Aplicar plenamente sus conocimientos científicos y recursos técnicos en su desempeño.
- Apegarse en todas sus actividades al rigor académico en la búsqueda, ejercicio, construcción y transmisión del conocimiento.
- Ser honestos sobre el origen y las fuentes de información que empleen, generen o difundan.
- Responsabilizarse de asuntos que tenga capacidad de atender e indicar los alcances de su trabajo y de las limitaciones inherentes.
- Dar crédito a los colegas, asesores y subordinados por su intervención en actividades relacionadas con las evaluaciones y acreditaciones.
- Abstenerse de utilizar su posición jerárquica para que su nombre aparezca en los trabajos que hayan realizado otra persona o grupo si no participó en ello.
- Ser imparcial y ajustarse a la realidad al emitir una opinión o juicio en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona.
- Abstenerse de intervenir personalmente en los asuntos donde otro organismo acreditador, o uno de sus miembros, esté desempeñando sus funciones de evaluación y acreditación.
- No utilizar títulos o grados académicos ni atribuirlos a otros cuando sean inciertos, ni presentarse como especialista en disciplinas para los cuales no esté facultado.
- No encubrir o proteger con su cargo a ninguna persona no habilitada para el ejercicio de las funciones que le son propias, ni tampoco permitir que otras personas utilicen su nombre o cargo para realizar actividades en el ámbito educativo relacionadas con la evaluación y acreditación.
- No hacer valer la autoridad que tenga por su ejercicio profesional, función administrativa o política, en el ejercicio de las funciones de evaluación y acreditación.
- No dar consultas y asesorías, pagadas o gratuitas, ya sea a su nombre o de terceros, de las cuales se puedan obtener un beneficio material o moral.
- Rechazar remuneraciones, obsequios (a menos que sean publicitarios de la institución) o prebendas que se le pretenda entregar, directa o indirectamente, por el ejercicio de su función, ni mucho menos podrá solicitar o insinuar su requerimiento para efectos de la emisión de un juicio o dictamen. Deberá informar a la autoridad competente cuando se presente una situación que pueda poner en duda su probidad y la de sus colegas.
- No ceder a otra persona, física o moral, las funciones o actividades que se la hayan delegado por su cumplimiento.
- No participar en ninguna de las etapas del proceso de evaluación con fines de acreditación de un programa académico cuando tenga, o haya tenido en los dos últimos años, cualquier vínculo con éste o la institución educativa que lo imparte: por su profesión o la actividad académica que, en su caso, desempeñe, incluso al intervenir en concurso y certámenes como participante o como jurado, así como por relaciones consanguíneas hasta de segundo grado, o matrimoniales con algún directivo o funcionario.
Los principios contenidos en el presente Código y en particular las que se detallan en el reglamento interno, guiarán la operación del CAPEF en todo momento, en tanto que deberán ser observadas por todos y cada uno de sus miembros.
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